Venta directa de bienes con prohibición de enajenar – SRI
Para dar cumplimiento a la resolución NAC-DGERCGC22-00000051 emitida con fecha 18 de octubre de 2022, los sujetos pasivos coactivados que deseen realizar una venta directa de los bienes embargados, previo al día señalado para la subasta o remate, deberá solicitar la autorización a la Administración Tributaria a través de los canales establecidos.
Fecha de publicación: 20 de octubre de 2022