A partir del 06 de febrero del 2021 usted podrá cargar el anexo de gastos personales correspondientes al período fiscal 2020.

El máximo deducible por gastos personales corresponde a 1.3 veces la Fracción básica desgravada de IR para personas naturales, que para el año 2020 es $14.709,50, siempre que este valor no supere el 50% de la Ingresos Gravados.

Para el Ecuador Continental, dentro de cada uno de los rubros los límites son los siguientes:

  • Vivienda: $3.677,37

  • Educación, arte y cultura $3.677,37

  • Alimentación: $3.677,37

  • Vestimenta: $3.677,37

  • Salud: $14.709,50 (Enfermedad Catastrófica hasta: $22.630)

Las personas naturales que tengan ingresos netos mayores a cien mil dólares de los Estados Unidos de América (USD$100.000,00), podrán deducir sus gastos personales de salud por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas debidamente certificadas o avaladas por la autoridad sanitaria nacional competente, así como los gastos por los mismos conceptos antes mencionados de sus padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos, que no perciban ingresos gravados y que dependan de este. Estos gastos se deducirán sin IVA hasta el cincuenta por ciento (50%) del total de sus ingresos gravados, sin que supere un valor equivalente a uno punto tres (1.3) veces la fracción básica desgravada del impuesto a la renta de personas naturales.

Adicional, recuerde que para sus gastos personales del ejercicio fiscal 2020 se podrán deducir los pagos efectuados por turismo interno, sin que excedan en dicho rubro $ 3.677,37

Los gastos personales por turismo interno también pueden ser utilizados por los contribuyentes con ingresos netos superiores a $ 100.000 

Conforme Resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000009 publicada por el Servicio de Rentas Internas el 04 de febrero por única vez se amplia el plazo para la presentación del anexo de gastos personales conforme lo establece el siguiente calendario: 

plazo gastos

El presente documento no es ni, podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.

Autor: CODEX.

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