Para atender al Decreto Ejecutivo 468, se pone a su disposición el Acuerdo del Ministerio de Economía Finanzas N° 047 y la circular NAC-DGECCGC24-00000010, que atienden las modificaciones en la aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas:

  • Acuerdo del Ministerio de Economía Finanzas N° 047:

Publicado en el RO 713, 30/12/2024

Se emite el listado de las subpartidas con la respectiva tarifa de ISD aplicable para cada una. Usted deberá verificar cada una de las partidas y la tarifa que le corresponde ya que se presenta de la siguiente manera:

SUBPARTIDATARIFA DECRETO 468
85829336100002,50%
85929336910000%
86029336990002,50%
86129337200002,50%
86229337990002,50%
86329339110002,50%
86429339190000%
86529339200002,50%
86629339910002,50%
86729339920000%

En caso que usted cuente con una partida que no está enumerado en el listado, se entiende que la tarifa del ISD será del 5%.

  • Circular NAC-DGECCGC24-00000010

Publicado en el RO 714, 31/12/2024

Se emite el listado de las partidas arancelarias que dan paso al derecho del crédito tributario de ISD, que podrán:

a) ser compensados, como crédito tributario, con el impuesto a la renta del propio contribuyente por cinco ejercicios fiscales;

b) ser registrados como gastos deducibles en el cálculo de la base imponible del Impuesto a la Renta; o,

c) ser objeto de devolución.

Se anexa los listados en cada acto normativo.

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