Horas y días inhábiles – SRI
La Administración Tributaria emite con fecha 01 de noviembre de 2022, la circular No. NAC-DGECCGC22-00000006, con el propósito de recordar a los sujetos pasivos que al ingresar peticiones, reclamos, escritos o trámites en general, o reciban notificaciones sobre actuaciones administrativas; que los plazos y términos establecidos en la normativa tributaria vigente, se contabilizan a partir del día hábil siguiente al de la notificación y corren hasta la última hora hábil de su vencimiento. Si la notificación fuere recibida en un día u hora inhábil, la notificación surtirá efectos el primer día hábil o laborable siguiente a la recepción.
Fecha de publicación: 09 de noviembre de 2022