Horas y días inhábiles – SRI

La Administración Tributaria emite con fecha 01 de noviembre de 2022, la circular No. NAC-DGECCGC22-00000006, con el propósito de recordar a  los sujetos pasivos que al ingresar peticiones, reclamos, escritos o trámites en general, o reciban notificaciones sobre actuaciones administrativas; que los plazos y términos establecidos en la normativa tributaria vigente, se contabilizan a partir del día hábil siguiente al de la notificación y corren hasta la última hora hábil de su vencimiento. Si la notificación fuere recibida en un día u hora inhábil, la notificación surtirá efectos el primer día hábil o laborable siguiente a la recepción.

Fecha de publicación:  09 de noviembre de 2022

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