A partir de mayo de 2025 el Impuesto a la Salida de Divisas de los sectores farmacéutico y productivo deberá ser cancelado de acuerdo a la tarifa que aplica para cada subpartidas arancelarias definidas en el Decreto Ejecutivo N°468 y enlistadas en el Acuerdo No. 047 del Ministerio de Economía y Finanzas, relacionadas a: Subpartidas arancelarias de sector farmacéutico y subpartidas arancelarias demás sectores productivos.

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