Con numero de Registro Oficial 716 del 7 de enero de 2024, el Servicio de Rentas Internas emite la resolución NAC-DGERCGC25-000000001, en donde se establecen las Normas para la Aplicación del Plan Excepcional de pagos para Impuestos Retenidos o Percibidos por el SRI. Esto en cumplimiento a la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento de las Generaciones en el Ecuador.

En este acto normativo se establece:

¿QUE IMPUESTOS APLICAN EN EL PLAN?Los impuestos que administrar única y directamente por el SRI, vencidos hasta el 31/10/2024.
¿EN QUE PLAZO SE PEUDE ACCEDER?Podrá acceder dentro de 60 días contados a partir del 10/12/2024.
¿EN DONDE DEBO PRESENTAR LA SOLICITUD PARA ACCEDER AL PLAN DE PAGOS?La solicitud se deberá presentar mediante el Servicio en linea de la pagina del Servicio de Rentas Internas
¿COMO CONOZCO LA RESPUESTA DEL SRI DE MI SOLICTUD?El SRI emitirá una resolución electrónica, indicando el plazo de hasta 12 meses, en donde se señalará la fecha de inicio y fin del plan, el valor de las cuotas.
¿ SE PUEDE REALIZAR PAGOS ANTICIPADOS?Si, el contribuyente puede realizar el pago anticipado de la totalidad de la obligación o de las cuotas pendientes
¿QUÉ SUCEDE SI NO CANELO UNA CUOTA DEL PLAN?Dará lugar a la terminación inmediata del plan excepcional de pago
SI TENGO UN PR5OCESO COACTIVO ¿PUEDO ACCEDER AL PLAN EXEPCIONAL DE PAGOS?Si, este procedimiento coactivo se suspenderá, así como los plazos de prescripción de la acción de cobro, se suspenderán.

La presente resolución será aplicable a partir del 10 de enero de 2025.

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