Con numero de Registro Oficial 716 del 7 de enero de 2024, el Servicio de Rentas Internas emite la resolución NAC-DGERCGC25-000000001, en donde se establecen las Normas para la Aplicación del Plan Excepcional de pagos para Impuestos Retenidos o Percibidos por el SRI. Esto en cumplimiento a la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento de las Generaciones en el Ecuador.
En este acto normativo se establece:
¿QUE IMPUESTOS APLICAN EN EL PLAN? | Los impuestos que administrar única y directamente por el SRI, vencidos hasta el 31/10/2024. |
¿EN QUE PLAZO SE PEUDE ACCEDER? | Podrá acceder dentro de 60 días contados a partir del 10/12/2024. |
¿EN DONDE DEBO PRESENTAR LA SOLICITUD PARA ACCEDER AL PLAN DE PAGOS? | La solicitud se deberá presentar mediante el Servicio en linea de la pagina del Servicio de Rentas Internas |
¿COMO CONOZCO LA RESPUESTA DEL SRI DE MI SOLICTUD? | El SRI emitirá una resolución electrónica, indicando el plazo de hasta 12 meses, en donde se señalará la fecha de inicio y fin del plan, el valor de las cuotas. |
¿ SE PUEDE REALIZAR PAGOS ANTICIPADOS? | Si, el contribuyente puede realizar el pago anticipado de la totalidad de la obligación o de las cuotas pendientes |
¿QUÉ SUCEDE SI NO CANELO UNA CUOTA DEL PLAN? | Dará lugar a la terminación inmediata del plan excepcional de pago |
SI TENGO UN PR5OCESO COACTIVO ¿PUEDO ACCEDER AL PLAN EXEPCIONAL DE PAGOS? | Si, este procedimiento coactivo se suspenderá, así como los plazos de prescripción de la acción de cobro, se suspenderán. |
La presente resolución será aplicable a partir del 10 de enero de 2025.