Requisitos para registrar las cargas familiares en la declaración del impuesto a la renta
Los contribuyentes que trabajen en relación de dependencia, según la reforma tributaria que rige desde el sábado 1 de julio, ya pueden presentar a sus empresas la nueva proyección de gastos personales para acogerse a una mayor rebaja según sus cargas familiares.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga las cargas familiares como los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad que no perciban ingresos gravados y que sean dependientes del contribuyente.
Esas cargas familiares deben ser declaradas en el formulario que ya actualizó el SRI y que está disponible en su portal, indicando el número de cargas. Y al empleador se debe entregar dicho formulario y la documentación que acredite las cargas.
Requisitos para registrar las cargas familiares
- Copia de la cédula de identidad del cónyuge o pareja en unión de hecho dependiente del trabajador donde se evidencie el parentesco. La pareja no debe percibir ingresos gravados.
- Copia de la cédula de identidad de los hijos sin discapacidad de hasta 21 años de edad (que no perciban ingresos gravados) dependientes del trabajador donde se evidencie el parentesco.
- Copia de la cédula de identidad y del carné de discapacidad emitido por la autoridad competente de los hijos con discapacidad dependientes del trabajador donde se evidencie el parentesco.
- Copia del certificado o aval de padecer una enfermedad catastrófica, rara y/o huérfana emitido por el Ministerio de Salud o el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a nombre del trabajador o de su carga familiar, según corresponda.
- Para el registro de padres como cargas familiares, deberán prestar su consentimiento expreso para ser incluidos como carga familiar del contribuyente y presentar copia de la cédula de identidad donde se evidencie el parentesco.
Rebajas según cargas familiares
Cargas familiares | Rebaja |
---|---|
0 | Hasta $963,53 |
1 | Hasta $1239 |
2 | Hasta $1514 |
3 | Hasta $1927 |
4 | Hasta $2340 |
5 o más con cuatro | Hasta $2752,96 |
Nota: En ningún caso, dos o más contribuyentes podrán considerar a una misma persona como carga familiar para el periodo fiscal respectivo.
Formulario SRI
Fuente: El Universo
Fecha de publicación: 11 de julio de 2023