Recuerde que el decimo tercer sueldo debe ser pagado a los trabajadores hasta el 24 de diciembre de 2025 el cual corresponde a una bonificación obligatoria que equivale a una doceava parte del total de remuneraciones recibidas entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso.
ACUMULACIÓN DE DÉCIMOS

En el Ecuador, la décimotercera y décimocuarta remuneración son derechos laborales fundamentales. Sin embargo, no todos los trabajadores reciben estos valores de forma mensual, ya que la normativa permite optar por su acumulación para recibirlos en las fechas establecidas por la ley.
Plazo para solicitar la acumulación
De acuerdo con el Acuerdo Ministerial No. MDT-2023-140, los trabajadores que deseen acumular sus décimos deben presentar su solicitud durante los primeros quince (15) días del mes de enero de cada año. Este plazo es obligatorio y aplica tanto para quienes desean iniciar la acumulación como para aquellos que desean modificar su modalidad de pago.
Casos especiales a considerar
Nuevas vinculaciones laborales:
Cuando una persona ingresa a trabajar en una empresa, cuenta con un plazo de 15 días desde su ingreso para presentar la solicitud de acumulación de décimos.
Cambio de modalidad:
Si el trabajador se encuentra acumulando décimos y desea regresar al pago mensual, también deberá presentar su solicitud dentro de los primeros 15 días de enero.
Pago de los valores acumulados
Los valores acumulados por concepto de décimos serán cancelados conforme al cronograma oficial establecido por el Ministerio del Trabajo, respetando las fechas y condiciones previstas en la normativa vigente.
CIERRE FISCAL 2025
Videoconferencia realizada el 18 de Diciembre sobre: CIERRE FISCAL 2025
Seguir leyendoIMPORTANTE CONSIDERAR AL VIAJAR CON DINERO EN EFECTIVO SOBRE EL ISD
Recuerde que se establecen nuevas reglas acerca del ISD para quienes viajan fuera del país con dinero en efectivo.
Antes de salir del país, si lleva una cantidad de dinero en efectivo superior a los montos establecidos se debe declarar y pagar el ISD, de las siguientes maneras:
- Llenar en línea el formulario múltiple de pagos, disponible en SRI en línea, opción Declaraciones, en el que debe incluir el código del impuesto 4580, realizar el pago que corresponda y mantener este documento como respaldo al momento de viajar.
- Si decide declarar y pagar en el aeropuerto, debe llenar la constancia de pago física, disponible en los almacenes libres autorizados (Duty Free) y cancelar el valor del ISD correspondiente en el mismo lugar; este pago lo debe realizar únicamente en efectivo.
DEDUCCIONES ADICIONALES PARA REDUCIR EL IR
Videoconferencia realizada el 11 de Diciembre sobre: DEDUCCIONES ADICIONALES PARA REDUCIR EL IR
Seguir leyendoREGISTRO DEL DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

La normativa ecuatoriana de protección de datos personales establece que todas las organizaciones, públicas o privadas, deben implementar medidas que garanticen la seguridad, confidencialidad y correcto uso de la información que manejan. Este deber de cumplimiento ha convertido la protección de datos en un componente esencial de la gestión empresarial. Dentro de estas obligaciones surge una figura clave: el Delegado de Protección de Datos Personales (DPDP), responsable de supervisar que la entidad actúe conforme a la Ley y adopte buenas prácticas en materia de privacidad.
Aunque no todas las empresas están obligadas a designar un delegado, la Ley determina situaciones y sectores específicos en los que su nombramiento es indispensable.
¿Cuándo se debe designar un Delegado de Protección de Datos?
La designación del DPDP es obligatoria en los siguientes casos:
- Organizaciones del sector público, que manejan altos volúmenes de información ciudadana.
- Actividades del responsable o encargado que requieren supervisión continua y sistemática debido a la naturaleza o complejidad del tratamiento de datos.
- Procesos que involucran información sensible que demanda especial control.
- Situaciones en las que los datos tratados no estén relacionados con información reservada o de seguridad nacional.
En estos escenarios, el delegado cumple un rol de acompañamiento técnico y de vigilancia interna, asegurando una adecuada gestión de cumplimiento.
Sectores con designación obligatoria
Además de los casos generales, la normativa ecuatoriana señala sectores específicos donde el nombramiento del delegado es obligatorio:
- Instituciones educativas y entidades que gestionen información de menores.
- Instituciones de educación superior.
- Organizaciones que administran datos de menores de edad.
- Entidades financieras y aseguradoras.
- Empresas de publicidad, prospección o investigación de mercado que elaboran perfiles.
- Actores del sistema de salud, a excepción de profesionales particulares, y compañías del sector farmacéutico.
- Empresas de seguridad privada, administradoras de urbanizaciones o sistemas de control de accesos.
- Federaciones, clubes deportivos y gremios profesionales.
- Empresas de telecomunicaciones, videovigilancia, geolocalización, tecnologías de información e inteligencia artificial.
- Concesionarias y entidades que gestionan servicios públicos.
Estas entidades trabajan con información crítica o de alto impacto, por lo que la figura del delegado es necesaria para reforzar la protección de datos y la transparencia.
Plazo de registro
La normativa establece que las instituciones obligadas deben registrar a su delegado hasta el 31 de diciembre de 2025, garantizando así el cumplimiento formal y operativo de esta obligación.
DECLARACION JURAMENTADA BAJA DE INVENTARIO
Recuerde que para justificar las perdidas por bajas de inventarios para que sea considerado como un gasto deducible deberá presentarse una declaración juramentada ante un notario o juez el cual deberá hacerse hasta el 31 de diciembre de 2025.
DEDUCIBILIDAD POR BAJA DE INVENTARIO

Las bajas de inventario pueden generar dudas al momento de realizar la declaración tributaria, especialmente si se busca que estos valores sean considerados gastos deducibles para efectos del Impuesto a la Renta. De acuerdo con el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, específicamente en el artículo 28 numeral 8, las pérdidas de inventarios pueden ser deducibles siempre que exista una justificación formal y adecuada de los hechos que dieron lugar a dicha baja. Para ello, es obligatorio respaldar el registro contable con documentación válida.
A continuación, los elementos indispensables:
- Declaración Juramentada
Debe ser realizada ante un notario o juez y explicar:
Qué productos se dieron de baja
Motivo de la pérdida
Valor afectado - Firmas de los responsables
La declaración debe estar suscrita por:
Representante legal
Contador
Responsable de inventarios o bodega
Esto valida que la información fue revisada y aprobada por quienes administran y controlan el inventario. - Documentos adicionales
Se debe incluir:
Acta de baja
Listado detallado de los artículos involucrados
Reportes internos de control o soporte contable
¿La pérdida fue por robo?
En ese caso, además del acta y la declaración, es obligatorio adjuntar la denuncia formal presentada ante la autoridad competente.
Fecha límite
La declaración debe emitirse y registrarse dentro del mismo ejercicio fiscal en el que se genera la baja.
Si se presenta después, la baja podría considerarse no deducible.
LEGALIZA EL DECIMO TERCERO
Videoconferencia realizada el 04 de Diciembre sobre: LEGALIZACIÓN DEL DECIMO TERCERO.
Seguir leyendoSEGUNDA CUOTA ANTICIPO DE UTILIDADES NO DISTRIBUIDAS
Recuerde en el mes de diciembre 2025 se debe cancelar la segunda cuota del valor generado por concepto de utilidades no distribuidas mismo que se deberá cancelar en el formulario de Anticipo mínimo de impuesto a la renta y autorretenciones de grandes contribuyentes obligación 1078 PAGO a cuenta sobre utilidades no distribuidas cuotas, en el que se generar de forma automática la segunda cuota a cancelar.


