Habilitada opción para calificación y registro de oficial de cumplimiento UAFE para el servicio de blindaje de vehículo a través de la instalación de materiales para la protección contra ataques con armas de tipo balístico, químico u otro.

as compañías que brindan “servicio de blindaje de vehículo a través de la instalación de materiales para la protección contra ataques con armas de tipo balístico, químico u otros; y que, además, realicen mantenimiento y reparación de blindaje de vehículos” deben calificar en línea y de forma inmediata a sus oficiales de cumplimiento en el “PORTAL DE TRÁMITES” tanto en la plataforma de la UAFE como en la SUPERCIAS.

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IVA EN ALIMENTOS PARA MASCOTAS

Mediante Decreto Ejecutivo No. 516 por disposición del presidente Daniel Noboa Azín, establece que no pagará el Impuesto al Valor Agregado (IVA) el alimento balanceado nutricional, seco y húmedo, importados o adquiridos localmente, por ser considerados productos veterinarios.
Esta medida se rige desde el 01 de febrero de 2025

Se habilita el Formulario de proyección de gastos personales 2025

El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó el nuevo formulario de proyección de Gastos Personales que se aplicará para el año 2025 el cual debe ser presentado por los trabajadores en relación de dependencia a sus empleadores, durante el mes de febrero.

Lo deben presentar los trabajadores en relación de dependencia cuyos ingresos anuales sean superiores a USD 12.081,00 y que hagan uso de los gastos personales para efectos de la rebaja de su Impuesto a la Renta.

Los gastos personales que se pueden considerar son:

NOTA: Se incluyen también dentro de los rubros de gastos personales los GASTOS DE MASCOTAS, incluidos en el rubro de SALUD y ALIMENTACION.

NUEVA NORMATIVA – TABLAS IMP RENTA 2025

Mediante la resolución NAC-DGERCGC24-00000041 el Servicio de Rentas Internas establece los rangos de las tablas para liquidar el impuesto a la renta de personas naturales, sucesiones indivisas y sobre herencias, legados, donaciones

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CAMBIOS EN EL IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS

Para atender al Decreto Ejecutivo 468, se pone a su disposición el Acuerdo del Ministerio de Economía Finanzas N° 047 y la circular NAC-DGECCGC24-00000010, que atienden las modificaciones en la aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas

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