Se establece el Salario Digno 2025 y lineamientos para compensación económica

El 31 de marzo de 2026 se publicó el Acuerdo Ministerial MDT-2026-087, mediante el cual se fija el valor del salario digno correspondiente al año 2025, así como el procedimiento que deberán seguir los empleadores para el pago de la compensación económica a los trabajadores.

De acuerdo con la normativa emitida, el salario digno para el año 2025 se establece en USD 506,99 mensuales, calculado con base en el costo de la canasta básica familiar dividido para el número de perceptores del hogar, conforme a lo determinado por el INEC.

Este valor sirve como referencia para verificar si los trabajadores han percibido una remuneración anual equivalente o superior al salario digno. Para ello, se consideran componentes como sueldos, décimos, comisiones y otros beneficios económicos, en función de los días efectivamente trabajados durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

En caso de que el trabajador no alcance este umbral, el empleador estará obligado a pagar una compensación económica que cubra la diferencia.

Asimismo, se recuerda a los empleadores que deberán registrar la declaración de participación de utilidades correspondiente al año 2025 a través del sistema en línea del Ministerio de Trabajo. Una vez ingresada la información, el sistema generará automáticamente el reporte de trabajadores que deben recibir esta compensación, así como los valores a pagar.

El cumplimiento de esta disposición es fundamental para garantizar el derecho de los trabajadores a una remuneración justa y acorde a las condiciones económicas del país.

Decimocuarta remuneración para la Región Costa 2026

Se recuerda a los empleadores de la Región Costa o Insular que deben efectuar el pago de la decimocuarta remuneración a sus trabajadores hasta el 15 de marzo de 2026. Asimismo, la legalización del formulario correspondiente deberá realizarse según el noveno dígito del RUC: para los dígitos del 1 al 5, el registro podrá efectuarse desde el 20 de marzo hasta el 20 de abril de 2026, y para los dígitos del 6 al 0, desde el 21 de abril hasta el 21 de mayo de 2026

Ampliación del plazo para las declaraciones de impuestos por el SRI

El Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió el plazo para las declaraciones de impuestos con vencimiento al 16 de marzo de 2026. Los contribuyentes con noveno dígito del RUC 3 podrán declarar hasta el 25 de marzo y los de dígito 4 hasta el 27 de marzo de 2026. Los pagos por multas e intereses no serán devueltos.

NUEVOS MONTOS PARA SUJETOS OBLIGADOS A CONTRATAR AUDITORÍA

A partir del año 2026, se han actualizado los montos que determinan la obligación de contratar auditoría externa, conforme a la normativa vigente aplicable a las empresas sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

Para esta evaluación, deberá considerarse el total de activos del ejercicio fiscal anterior, cuando estos superen los siguientes valores, según el tipo de contribuyente:

📊 Montos establecidos en Salarios Básicos Unificados (SBU):

Compañías de economía mixta:

➡ Superen 237 SBU

Sucursales de compañías o empresas extranjeras:

➡ Superen 237 SBU

Sociedades en general:

➡ Superen 1.366 SBU

Es importante que las empresas realicen oportunamente la revisión de sus estados financieros, con el fin de determinar si se encuentran dentro de los parámetros que generan la obligación de contratar auditoría externa para el período correspondiente.

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA OBLIGACIONES ANTE EL SRI

Estimados/as,

El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó la ampliación del plazo para la presentación de declaraciones y/o anexos tributarios cuyo vencimiento original correspondía al 12 de enero de 2026.

Esta medida permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones sin recargos, intereses ni multas ✅.

📌 DETALLE DE LA AMPLIACIÓN

🔢 Según el noveno dígito del RUC

  • Dígitos 1 y 2:

🗓️ Nuevo plazo hasta el 21 de enero de 2026

🏢 Contribuyentes Especiales

  • 🗓️ Nuevo plazo hasta el 15 de enero de 2026

INFORME ANUAL DE CUMPLIMIENTO UAFE

Recuerde que hasta el 31 de diciembre de cada año el oficial de cumplimiento debe elaborar el informe anual de cumplimiento el mismo que es un documento obligatorio el cual contiene el grado de cumplimiento de las políticas y procedimientos que integran el sistema de prevención y administración de riesgos de lavado de activos y financiamiento de terrorismo y otros delitos SISLAFT.

PAGO DECIMO TERCERO

Recuerde que el decimo tercer sueldo debe ser pagado a los trabajadores hasta el 24 de diciembre de 2025 el cual corresponde a una bonificación obligatoria que equivale a una doceava parte del total de remuneraciones recibidas entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso.            

IMPORTANTE CONSIDERAR AL VIAJAR CON DINERO EN EFECTIVO SOBRE EL ISD

Recuerde que se establecen nuevas reglas acerca del ISD para quienes viajan fuera del país con dinero en efectivo.

Antes de salir del país, si lleva una cantidad de dinero en efectivo superior a los montos establecidos se debe declarar y pagar el ISD, de las siguientes maneras:

  1. Llenar en línea el formulario múltiple de pagos, disponible en SRI en línea, opción Declaraciones, en el que debe incluir el código del impuesto 4580, realizar el pago que corresponda y mantener este documento como respaldo al momento de viajar.
  2. Si decide declarar y pagar en el aeropuerto, debe llenar la constancia de pago física, disponible en los almacenes libres autorizados (Duty Free) y cancelar el valor del ISD correspondiente en el mismo lugar; este pago lo debe realizar únicamente en efectivo.

DECLARACION JURAMENTADA BAJA DE INVENTARIO  

Recuerde que para justificar las perdidas por bajas de inventarios para que sea considerado como un gasto deducible deberá presentarse una declaración juramentada ante un notario o juez el cual deberá hacerse hasta el 31 de diciembre de 2025.