Por las autorretenciones correspondientes al mes de julio de 2024, pagaderas en el mes de agosto de 2024, los grandes contribuyentes podrán compensar con las Notas de Crédito desmaterializadas de ISD.

Las Autorretenciones deberán ser declaradas en el formulario de Pago de Anticipo Mínimo de Impuesto a la Renta y Autorretenciones de Grandes Contribuyentes.

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