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TRIBUTACIÓN DE INFLUENCERS

CODEX

24 Marzo 2023

TRIBUTACIÓN DE INFLUENCERS

Se identifica a los influencers a las personas que tienen presencia significativa en redes sociales y capacidad de influir, en un número importante de seguidores para adquirir un bien o un servicio.

Regularmente los influencers generan ingresos por la creación de contenido en medios digitales, la publicidad y promoción, explotación de imagen, comunicación, entre otras; son actividades que dentro de la normativa vigente generan ingresos gravados de Impuesto a la Renta dada la percepción de pagos locales, del exterior o canje por sus servicios.

A detalle, se clasifican en cuatro tipos de actividades:

  1. ANUNCIANTES: las personas que reciben dinero o especies por mostrar y/o promocionar bienes o servicios en canales, historias, o contenido audiovisual en redes sociales o plataformas.
  2. PLATAFORMAS DIGITALES: se focaliza a las personas que introducen publicidad en los videos o contenidos digitales que producen y difunden en redes sociales o plataformas.
  3. SEGUIDORES: las personas que otorgan acceso de manera anticipada a su contenido o foros especializados en redes sociales o plataformas.
  4. MONETIZAR: quienes interactúan con los seguidores autorizando a la plataforma a colocar publicidad en sus contenidos, estableciéndose condiciones de cantidad mínima de suscriptores y/o visualizaciones.

Al respecto del tema, Influencity categoriza a los influencers de acuerdo a la cantidad de seguidores:

    • Nano: Personas que tienen entre 1.000 y 10.000 seguidores.
    • Micro: Tienen hasta 100.000 seguidores.
    • Macro: Personas que han alcanzado hasta 1 millón de seguidores en sus redes sociales.
    • Mega: Aquellas personas que tienen más de 1 millón de seguidores en sus redes sociales.

     OBLIGACIONES:

Los influencers ante el Servicio de Rentas Internas mantienen obligaciones que son enlistadas a continuación:

  1. Inscribirse en el RUC como persona natural de acuerdo a la actividad que realiza.

Una de las actividades que hace referencia en el listado de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) para el efecto, es la actividad económica R90000206 “ACTIVIDADES DE CREACION EDICION PRODUCCION Y DIFUSION DE CONTENIDO EN LAS REDES SOCIALES Y OTRAS RELACIONADAS A ACTIVIDADES DE INFLUENCERS”

  1. Emitir facturas electrónicas por los servicios prestados.
  2. Declarar impuestos, de acuerdo al régimen que pertenezca:
    • Régimen RIMPE Popular: Ingresos hasta USD 20.000,00.
    • Régimen RIMPE Emprendedor: Ingresos desde USD 20.000,01 hasta USD 300.000,00.
    • Régimen General: Ingresos superiores a USD 300.000,00.

Al superar esta condición de ingresos, así como mantener un capital superior a USD 180.000,00, o generar costos y gastos superiores a USD 240.000,00 el influencers será obligado a llevar contabilidad.

    • También pueden estar en el Régimen General los influencers que tienen en el RUC actividades por servicios publicitarios o por prestación de servicios profesionales relacionado a comunicación o publicidad.

Ante cualquier duda, comuníquese con nosotros

info@codex.com.ec

(+593) 999858170

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Nota. El boletín de CODEX Asesoría Tributaria no es ni podrá ser utilizado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento netamente informativo.

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